La justicia se revela como un fenómeno polifacético que opera simultáneamente como valor cultural, principio axiológico y fin institucional. La justicia, como se trató en la primera parte del presente artículo, puede verse y abordarse desde diferentes ópticas; pareciera un concepto en perpetua definición. La pregunta “¿Qué es la justicia?” ha resonado en el pensamiento occidental desde la antigüedad, desafiando a filósofos, juristas y gobernantes.
Lejos de ser una cuestión meramente académica o institucional, su respuesta tiene cimientos filosóficos sobre los que se construyen las sociedades y sus instituciones. Mi postura es que la justicia es un fenómeno integrador que funciona simultáneamente como un valor cultural compartido, un concepto filosófico en disputa, un principio axiológico rector y, por tanto, un medio como un fin ideal, en sí, para el desarrollo y el bienestar colectivo. Su naturaleza es ecléctica: es un bien cultural aspiracional y, a la vez, el fin explícito de un sistema jurídico cuyos efectos aspiran a ser materiales y concretos.
Estas dos expresiones, la justicia como un ideal social abordado por la filosofía, ya sea como bien axiológico, como universal, como ius naturalismo, etc., y la justicia como sistema legal, siendo la segunda de estas expresiones.
La justicia como ideal se desarrolla y entiende en el imaginario colectivo; la misma sociedad va moldeando el concepto, y la mayoría de las personas tienen noción sobre lo que se considera “justo” o “injusto”. Es una manifestación de virtud cívica. Este imaginario fue adhiriéndose de valores como arquetipo de lo que conformaba la justicia heredada; ejemplo: Aristóteles aportó, desde su propuesta del justo medio como virtud, el principio de equidad social y criterios de utilidad colectiva, conformando un mosaico conceptual que se fue conformando en la historia por otros pensadores.
A partir de un análisis filosófico, se abordó el derecho natural y la distinción de justicia divina y humana (Edad Media). Esto fue retomado por la Ilustración y el contractualismo, que hacen la metamorfosis de este derecho natural a los derechos humanos, siendo el puente entre la abstracción filosófica y la concreción legal, aunque persiste una brecha significativa entre el reconocimiento formal y la efectividad material de la justicia.
Los diferentes conceptos filosóficos de la justicia (como la equidad, la virtud, proporcionalidad, universalidad, la dignidad humana, etc.) son una taxonomía aplicada, que se materializa en ámbitos de aplicación sociojurídica materiales.
Esto se traduce a la encarnación institucional de la justicia legal; entonces, la justicia “estatal” es el sistema de leyes que protegen y reconocen derechos fundamentales y las leyes procesales para hacer valer esas leyes de derechos fundamentales. De manera que los Estados han asimilado el concepto filosófico de la justicia para aplicación material en orden jurisdiccional en casos concretos. Un ejemplo claro es la Constitución mexicana, pero se da el caso de que, con la reforma constitucional en materia de derechos humanos en el año 2011, representa aplicación legal de principios filosóficos claros, como la dignidad humana, la universalidad, la interdependencia y la interpretación pro persona; son principios legales que traducen conceptos filosóficos abstractos en herramientas jurídicas concretas, superando la fría literalidad de la ley por una hermenéutica centrada en el ser humano.
Conclusión: La justicia como puente inacabado. La justicia se configura, en última instancia, como un puente inacabado entre el ideal y la realidad. Los derechos humanos emergen como el instrumento más depurado de este esfuerzo, funcionando como el vínculo concreto entre la dimensión filosófica y la jurídica. No obstante, su consagración normativa es solo el primer paso. El desafío permanente para los estados y las sociedades consiste en fortalecer la apropiación cultural y judicial de estos principios. La justicia, por tanto, no es un concepto estático por definir, sino una práctica dialéctica por construir, un proceso constante de interacción entre sus elementos axiológicos, institucionales y culturales.
